El director general de Protección y Conservación de la Biodiversidad MADES indicó la veda inicia a partir del lunes 2 de noviembre en todo el territorio nacional y se extiende hasta el 18 de diciembre del presente año, para las aguas compartidas con Argentina y hasta el 31 de enero de 2021, para las aguas compartidas con Brasil.
Las fechas designadas se definieron teniendo en cuenta los intereses de aspecto biológico, social y ambiental; en este plazo no se podrá pescar en aguas compartidas entre ambos países que comprenden los ríos Paraná, Paraguay, Apa y Pilcomayo.
Asimismo, se realizarán estrictos controles, verificaciones y fiscalizaciones en rutas, comercios, transportes y fluviales, para hacer cumplir efectivamente las normativas ambientales. Las multas por violar el periodo de veda oscilan entre 3.001 y 10.000 jornales mínimos. Esto, independientemente a responsabilidades penales en virtud de la Ley 716/96 “Que Sanciona Delitos contra el Medioambiente”.
Mandelburger señaló que estará autorizada la comercialización de los peces extraídos en tiempo y forma, antes del inicio de la veda al solo efecto de agotar stock.
Agregó que se exceptúa la Pesca de subsistencia, la misma lo podrán realizar con con anzuelos, liñada o caña con o sin reel y solo podrá ser practicadas desde la riberas y por los ribereños, los mismo deberán portar su Licencia de Pesca Comercial, quedando prohibido el uso de de todo tipo de embarcaciones para actividades pesqueras. Los productos de esta pesca no podrán ser comercializados.