TSJE no hace lugar a los pedidos de apertura del sobre Nº 4 de las elecciones nacionales

El Tribunal Superior de Justicia Electoral comunicó que, mediante A.I Nº 91/2023, no hace lugar a los pedidos de apertura del Sobre Nº 4 de las Elecciones Nacionales, como tampoco el recuento de boletines de voto, auditoría internacional de Máquinas de Votación y su sistema operativo, presentados por diversas organizaciones políticas.

En consecuencia, la máxima instancia electoral no se hace lugar al pedido de suspensión del cómputo y juzgamiento definitivo de las Elecciones Nacionales, presentado por el Partido Cruzada Nacional.

Mediante A.I Nº 91/2023, el Tribunal Superior de Justicia Electoral detalla que ha cumplido con los pasos necesarios para asegurar la confiabilidad de las elecciones del 30 de abril, al igual que una auditoría internacional al Sistema de Votación Electrónica como también al Software de Voto.

Concerniente al Sobre Nº4, el considerando del documento menciona que en concordancia con las garantias y previsiones establecidas en la Constitución Nacional.

“El Código Electoral de manera expresa establece que el voto es secreto pero el escrutinio es publico y que el mismo se realiza en el lugar de la votación, en un solo acto ininterrumpido a cargo de los miembros de mesa una vez concluido el sufragio; por lo que un recuento de votos en un acto privado con algunos participantes, es un procedimiento no previsto en nuestro ordenamiento positivo”, señala.

Sobre el pedido de auditoría internacional, aclara que la misma fue realizada por IIDH/CAPEL antes de los comicios y su informe final fue presentado ante el TSJE, el 9/05/2023 y puede ser visualizado en https://tsje.gov.py/assets/pdf/informe-final-IIDH-CAPEL.pdf

“Por ello, el TSJE no hace lugar a los diversos pedidos presentados por algunas organizaciones políticas”, añade.

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