“Lo que interpretan es que no hay una modificación cuando le ponen alcohol o etanol al combustible, y eso le da otro valor”, explicó el viceministro en diálogo con La Unión.
En ese orden, afirmó que el artículo 107 estipula que por tratarse de productos gravados por el ISC, que por su proceso de industrialización o cualquier tipo de transformación hayan sido modificados en su estado, en sus propiedades o en sus características, se consideran nuevos productos.
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“Es aquí lo que ellos no consideran porque ya pagan el 20% en la importación de nafta virgen. Hay muchas discusiones que estamos teniendo aún dentro de estas reuniones, porque DICAPAR no acepta que tienen que pagar por estas modificaciones”, indicó Orué.
Aseguró que no se trata de “recaudar más”, sino de simplemente hacer cumplir la ley.