“Los adelantos de aguinaldos son completamente legales, porque el artículo 243 del Código Laboral dice que el aguinaldo debe pagarse antes del 31 de diciembre, lo cual habilita a pagar un porcentaje. Se puede recurrir a ello. Por ejemplo, en vez de sacar otro crédito en alguna entidad financiera, completamente de manera legal una persona puede cobrar un porcentaje determinado de su aguinaldo”, expuso López Arce en diálogo con Nuestra Mañana por Unión TV y radio La Unión.
En ese orden, resaltó que esto incluso es beneficioso para la patronal, ya que no resiente en demasía el impacto económico de diciembre, cuando tiene que pagar una importante cantidad de dinero en concepto justamente de aguinaldos a un conjunto de empleados.