El abogado constitucionalista Hugo Estigarribia aclaró que Riera únicamente puede asumir como senador en caso de que Cartes renuncie, muera, pida permiso o sea suspendido. Por este motivo, dijo que quien debe ocupar ese cargo es el siguiente de la lista de senadores de la ANR “que en principio no estaba para jurar”, es decir, el primero de la lista de titulares que quedó fuera del Congreso. “Mientras el titular no jura, no puede asumir el suplente”, dejó en claro.
En definitivas, señaló que quien asuma como presidente del Congreso tiene la obligación de no convocar ni a Horacio Cartes ni a Nicanor Duarte Drutos. “Lo que está mal es que se postule gente que no puede postularse y que finalmente sea electa y proclamada gente que no puede ocupar ese cargo. Ahí está el talón de Aquiles de la democracia: la justicia. ¿Por qué? Porque la justicia tendría que hacer lugar a las impugnaciones presentadas en el camino y estos candidatos tendrían que quedar afuera, se cumpliría la Constitución”, expresó el letrado.