La Unidad Jeroviaha, de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), ayer procedió al cierre de los bares Pirata y La Cachamba, ubicados de Asunción, debido a que se constató que no emitían boletas legales. La medida regirá por tres días y durante este tiempo se realizará una fiscalización de ambos locales.
Paul Álvarez, jefe de Jeroviaha, explicó que funcionarios de este departamento hicieron compras simuladas para llegar a la comprobación de la no emisión de boleta legal, más conocida como factura. En ese orden, indicó que estos hechos, en que incurren locales y negocios como los mencionados, “representan presunción de defraudación, de acuerdo a la Ley 125 (De las rentas de actividades comerciales industriales o de servicios), lo cual da la potestad a la administración tributaria a solicitar la suspensión de actividades del contribuyente que no emiten comprobante”.
En referencia al procedimiento realizado, aseveró que se hizo una compra superior a G. 60.000. “Posteriormente se le explicó al contribuyente que se hizo una compra simulada y quedó constancia de todo en un acta”, expuso, añadiendo que “se les notificó al día siguiente a los dueños de los locales”.
Afirmó que la notificación de cierre temporal del local es realizada por otros funcionarios de la SET que no hicieron la compra simulada, con el objetivo de resguardar su identidad.
Señaló que durante las compras simuladas se procedió a la adquisición de productos alimenticios, no de bebidas alcohólicas, lo cual -aclaró- la SET tiene prohibido realizar en compras simuladas.
Dejó en claro que “ni siquiera es necesario que el comprador solicite el comprobante o factura, emitir esa boleta automáticamente debe realizar el negocio o local comercial”. “El comerciante está obligado sin que se le solicite”, enfatizó.
Álvarez manifestó que las compras a partir de G. 20.000 en adelante obligatoriamente deben emitirse con factura.
Las que son menores a G. 20.000, acotó, “los comercios deben realizar un comprobante con la suma total de las compras menores a esta cifra al final del día, en el que se especifique que se trató de ‘ventas menores del día’, siempre que el comprador no haya solicitado su factura”. “En los casos que sí se solicitó, no deben ir incluidos en este comprobante”, expuso.