“El artículo 100 promueve que el Estado promoverá la vivienda digna, para lo cual proveerá las formas de financiamiento de ella, no por medio de la regulación de los alquileres”, explicó Miguel Aranda, Asesor Jurídico de la Cámara de Anunciantes del Paraguay, en contacto con La Unión.
Además, dijo que el documento quebrantaría el derecho a la propiedad privada, debido a que, si no se abona el impuesto inmobiliario de una vivienda deshabitada, el municipio puede expropiarla.
Por otro lado, Aranda se refirió a la gran cantidad de carteles luminosos que no están registrados funcionando sin venia municipal. Señaló que hay mucha tecnología nueva que no está regulada adecuadamente en la legislación comunal.