En comunicación con La Unión R800 AM, explicó que la denuncia se basa en que en el proceso “hemos encontrado que hubo falta de objetividad y desconocimiento de la ley, ya que, por la falta de elementos del hecho punible, tendría que haber sido desestimada o, en su defecto, debió haber sido sobreseído en caso de que ya hubiese estado imputado”.
Con lo expuesto, considera que la Cámara de Apelaciones podrá extinguir su condena.
En lo que concierne al JEM y su posible decisión sobre los miembros del tribunal de sentencia, que estuvo compuesto por Arnaldo Fleitas, Elsa García y Víctor Medina, indicó que posee dos opciones: remoción o sanción, disposición que podría caer sobre los jueces que condenaron a Figueredo y el fiscal del caso.
El mencionado tribunal de sentencia condenó a 2 años de cárcel a Rubén Figueredo “por transgredir el Art. 200 del Código Penal” y la Ley Nº 716/96 “Que sanciona delitos contra el medio ambiente” (por falta de licencia). Figueredo acopió pilas, baterías de celulares y otros dispositivos inservibles para evitar que sean tirados a ríos y arroyos.