Poder Ejecutivo extiende horario de circulación y flexibiliza actividades recreativas

El nuevo Decreto del Poder Ejecutivo, el N 5.885 que entra en vigencia desde este miércoles 25 de agosto, amplía el horario de circulación de 5:00 hasta las 2:00 h y permite los espacios bailables y barras al aire libre.

Foto: mdzol.com

La circulación estará habilitada de 05:00 a 02:00, con la excepción de servicios esenciales que podrán circular las 24 horas.

Las instituciones educativas estarán sujetas al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación (MEC) para el retorno seguro a clases y se mantendrá la modalidad semipresencial.

 

 

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En tanto que las instituciones universitarias podrán impartir clases en la modalidad semipresencial, siempre y cuando cuenten con el parecer favorable del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), señala el documento.

Otra de las flexibilizaciones incluye a las actividades culturales y recreativas con un aforo de hasta el 50% de la capacidad del lugar y todo tipo de actividades del sector, que serán verificadas por la Secretaría Nacional de Cultura (SNC) en coordinación con autoridades sanitarias y municipales.

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 Encuentros en residencias particulares
Están permitidos con un máximo de 25 personas presentes incluyendo los convivientes, cumpliendo las medidas sanitarias establecidas por el MSPBS.

 Eventos sociales

Los eventos sociales en espacios públicos y privados será responsabilidad de una persona física o jurídica.

Cumplimiento de las medidas sanitarias

Están permitidos los espacios bailables y barras en Espacios al Aire Libre.

Se permitirán los eventos infantiles conforme al protocolo de Salud

Espacios cerrados: Hasta 200 personas

Espacios abiertos o al aire libre: Hasta 350 personas

 

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