Persecución y muerte en Ciudad del Este: Homicidio, ¿culposo o con dolo eventual?

El abogado José Casañas Levi, experto en Derecho Penal, expuso que la Policía Nacional no está autorizada para abrir fuego en una persecución policial, salvo en casos especiales.

Foto: abc.com.py.

“Si eso es lo que pasó, claramente hay responsabilidad del polícia porque la Policía Nacional, según su reglamento y la ley, no puede usar su arma de fuego contra nadie salvo que esté siendo atacado o que su vida esté en peligro y porque solo puede usarla en defensa”, explicó Casañas Levi en conversación con Cada Mañana por La Unión.

En ese orden, el abogado aseveró que lo que el Ministerio Público tiene que hacer es evaluar los hechos para determinar la carátula de la investigación contra el policía que sea imputado. “Si fue una acción temeraria, es un homicidio doloso eventual. Si fue una conducta imprudente, como si se le escapó el tiro o alguna cosa por el estilo, hablamos de homicidio culposo”, expuso.

Indicó que un hipotético escenario en el que el agente está autorizado para utilizar su arma “si es que el que está siendo perseguido le dispare o le tire una granada o lo que sea”.

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Una persecución policial terminó de manera trágica con la muerte de un joven que aguardaba la reparación de su vehículo en un taller mecánico este miércoles. El hombre, identificado como Osvaldo Barrios, de 29 años de edad y que nada tenía que ver con lo ocurrido, recibió un balazo en la zona del rostro. Sucedió en Ciudad del Este.

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