Benítez explicó que las empresas demandantes, Claro y Personal, cuestionan que Tigo acceda a negociar solamente con un sector de los operadores, en este caso COPACO, y que por su cuenta no accede a negociar con las otras partes, que son ellas mismas. Indicó que, presuntamente, Tigo se vale de su posición dominante en mercado en detrimento de la competencia en el mercado. “Lo que reclaman concretamente es acceder a la señal de Tigo Sports que incluye la televisación de fútbol paraguayo de Primera División para ponerlos en su grilla”, explicó en diálogo con el programa Cada Mañana a través de La Unión.
“La multa no existe todavía, es algo que tiene que seguir un proceso y solo es una sugerencia y una acusación, mientras la empresa que tiene los derechos exclusivos (Teledeportes), tiene derecho a ejercer su defensa ante esta investigación. Nuestra institución lo que busca implementar es la libre competencia. Tenemos que hablar de dos mercados distintos en el mercado de televisión por suscripción. Benítez aclaró que ni su institución ni las empresas atacan el contrato entre la APF y Tigo, sino simplemente una apertura de la señal de transmisión de los partidos de fútbol.
En otro orden, justificó la recomendación de la multa de más de US$ 6 millones contra la empresa Tigo por “abuso de posición dominante por negación injustificada de suministro”, aunque mencionó que “ser dominante no está penado en nuestro país”.
“Lo que aquí buscamos es que funcione el libre mercado. En condiciones normales, Tigo tiene ese derecho de negociar con quien quiera por ser dominante, en ese momento nuestra ley se activa”, señaló Benítez. Sobre el punto, explicó cuál es la diferencia entre “monopolio” y “dominante”: “Monopolio es ser un proveedor en el mercado, mientras que tener posición dominante es que una firma no está constreñida por el comportamiento de sus competidores o sus clientes, ni está expuesta a una competencia efectiva”. Subrayó que el carácter de dominante es el que se aplica al actual caso de Tigo y que, por ley de CONACOM (vigente desde el año 2013), debe negociar con otras empresas.