“Mal utilizado puede causar la muerte de la mujer”, expresó la Dra. Vargas, quien agregó que el producto debe utilizarse en un consultorio, con la vigilancia del profesional que recetó el medicamento.
Por ello, el Ministerio de Salud dispuso la venta de este medicamento sólo en farmacias hospitalarias y bajo indicación médica. “Solamente el médico puede indicar el uso de este medicamento”, afirmó Vargas.
La cartera de Salud condicionó la venta del producto por medio de la Resolución N° 471, de fecha 17 de agosto del 2016, en el cual se reglamenta el uso, control y manejo del principio activo “Misoprostol” en los establecimientos de salud, y se abrogan las resoluciones 663/13 y 445/15.
El mismo será utilizado solamente para el tratamiento ginecoobstétrico, según las siguientes indicaciones:
– Interrupción del embarazo con feto muerto y retenido.
– Aborto incompleto.
– Hemorragia post parto.
– Inducción del parto con feto vivo, según indicación médica.
– Embarazo pos término y huevo anembrionado.