La primera reforma, en el artículo 6, establece adelantar al 30 de junio la incorporación de los nuevos senadores electos y proclamados durante la renovación de la Cámara, que ocurre cada cinco años.
En el artículo 11 se introduce la segunda modificación, relacionada con la duración del mandato. Actualmente fijada en un año, la propuesta amplía este plazo a dos años para los primeros dos periodos legislativos, mientras que el último periodo se mantendría en un año.
El tercer ajuste se refiere a la elección en la sesión preparatoria, que se llevará a cabo entre el 1 y el 20 de diciembre del año previo a la finalización del periodo. Anteriormente, esta elección se realizaba en junio y luego en marzo.