Un grupo de 129 marinos asegurados del IPS había presentado en el año 2013 una acción ante la Corte pidiendo la inconstitucionalidad de una artículo de la carta orgánica de la previsional que establece el monto máximo de jubilación otorgado, que es de hasta 10 salarios mínimos.
El abogado Rodrigo Cañete, jefe de Judiciales del IPS, mencionó que en el año 2016 la Corte dictó un acuerdo y sentencia en el que hizo lugar a la acción y declara inaplicables estos artículos para estas 129 personas. Sobre el punto, señaló que muchas de ellas aún no se han jubilado, por lo cual es “imposible el monto que eventualmente el IPS tendría que pagar. Todavía no reúnen los requisitos para jubilarse”.
Más allá de que garantiza que hay fondos para cumplir con los posibles pagos, Cañete criticó que la Corte haya dictado una sentencia en el marco de un juicio “del que no fuimos parte”. “Por eso en el año 2020 habíamos presentado una acción de nulidad, que actualmente está en estudio en un tribunal de Apelación en lo civil (…) esto está suspendido hasta que se resuelva”, dijo Cañete.