“el estado que encontramos estas piscinas es con bastante turbidez en algunos, otras con mediana turbidez con tratamiento parcial” señaló Ivo Brun de la Dirección General de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Asunción.
Datos a tener en cuenta:
El artículo 9 de la Ordenanza Municipal Nº 154/04 reza: “En las piscinas de viviendas deshabitadas, el propietario será el responsable de la desinfección y limpieza periódica, para evitar así la propagación de insectos como larvas de mosquito, etcétera, que pongan en riesgo la salud”.
El artículo 10 de la misma Ordenanza reza: “En el caso de viviendas que se encuentren alquiladas, el inquilino es el responsable de mantener la piscina en condiciones higiénico – técnicas”.
La inobservancia de ambos artículos constituye una “Falta Grave” con multas de 10 a 300 jornales (843.000 a 25.302.000 guaraníes), según la escala de multas de la Municipalidad de Asunción.