Catalina Ocampos, Directora General del Trabajo, explicó que las empresas tienen la obligación de pagar aguinaldos a sus empleados antes del 31 de diciembre, de acuerdo a lo establecido por el Código Laboral.
En ese orden, indicó que a partir del 2 de enero comienza la cartera de empleo a recibir denuncias acerca de incumplimiento de esta estipulación del Código. “El trabajador debe ir hasta el edificio del Ministerio del Trabajo, ubicado en la intersección de las calles Herrera y Paraguarí de la Capital, e ir hasta el departamento de mediaciones y conflictos individuales, que se encuentra en planta baja, donde nosotros recibimos los reclamos”, expuso en comunicación con La Unión R800 AM.
Indicó que luego de este paso, el Ministerio del Trabajo convoca al empleador a una audiencia de mediación para hacer cumplir el pago del aguinaldo, si se constata la infracción. “Siempre tratamos de que eso se solucione aquí y no llegue a instancias judiciales”, aseveró.
Aclaró que existe otro procedimiento para realizar la denuncia, ya que el empleador tiene a disposición los números telefónicos (448-183 o 0800-117300) del Ministerio del Trabajo, donde puede dejar el reclamo de manera anónima y la cartera estatal actúa de oficio.
Ocampos afirmó que tienen derecho de cobrar aguinaldo todos aquellos trabajadores que se encuentren en relación de dependencia. “Esto es: que tengan un contrato laboral sea verbal o escrito, que cumpla un horario de trabajo, que tenga un jefe y que esté asegurado el Instituto de Previsión Social (IPS)”, citó.
“El contrato entre el trabajador y empleador sea informal, no lo exime de percibir aguinaldo”, enfatizó, citando como ejemplo los casos de las empleadas domésticas.
En ese sentido, también manifestó: “no importa que haya trabajado dos meses, un mes o un día. Todo empleado goza de ese derecho del aguinaldo automáticamente cuando entra a trabajar”.
Indicó que, en caso de que la empresa no cumpla con lo dispuesto en el Código Laboral, el Ministerio del Trabajo interviene la empresa, instruye un sumario y aplica las multas correspondientes.
El aguinaldo corresponde a la doceava parte de la remuneración devengada por el trabajador.