Peralta recordó que el Decreto Nº 3.857 define las políticas de control y filtros procesales que se tendrán en cuenta para el nombramiento de funcionarios públicos. Aclaró que el tema fue mal interpretado por la prensa, lo que creó confusión sobre su aplicación.
?No se puede construir la administración pública destruyendo el pasado, porque eso implicará, aunque algunos medios no estén de acuerdo o algunos funcionarios no estén de acuerdo, en generar un caos jurídico?, añadió Peralta.
Por lo contrario, el secretario de Estado señaló que este decreto apuesta a la meritocracia y a la profesionalización. Recordó a las autoridades institucionales que el cumplimiento de los procesos es de carácter obligatorio.
Peralta recordó que la Ley de la Función Pública cuenta con un artículo que reglamenta la nulidad del nombramiento, pero que implica que el caso llegue, inclusive, a estrados judiciales previo sumario administrativo.