Las organizaciones políticas que pugnarán en los citados comicios podrán realizar la socialización de sus candidaturas a través de propagandas en la vía pública, hasta las 23:59 del 27 de abril, es decir, 48 horas antes de la realización de la jornada cívica.
Con respecto a las prohibiciones, la legislación vigente dispone que no se puede realizar propaganda electoral en puentes, edificios públicos, monumentos, señales de tránsito y pavimentos, además de los lugares prohibidos por ordenanza municipal.
Queda a la vez prohibido el uso de inmuebles privados siempre que no exista una autorización del propietario.
La propaganda no debe inducir a engaños o confundir al elector, señala la Ley Electoral.
Con información de ip.gov.py.