El agente fiscal de la Unidad Especializada de Seguridad y Convivencia de las Personas Emilio Fúster (Foto) representó al Ministerio Público en la audiencia preliminar de 10 encausados por perturbación de la paz pública y amenaza de hecho punible. La diligencia se cumplió ante el juez Penal de Garantía n.º 1, Hugo Sosa Pasmor.
Américo Silvino Núñez Areco (27), Cristhian Emanuel Gómez Servín (22), Pedro Nicolás Galeano Méndez (23), están declarados culpables en la comisión de los hechos punibles citados, aunque beneficiados con la suspensión condicional del procedimiento, por el plazo de dos años.
En ese lapso no podrán asistir a los estadios de fútbol, y durante un año también tienen que presentarse a la comisaría de su zona de residencia 15 minutos antes de los partidos disputados por el Club Olimpia, retirándose 15 minutos después de culminado el encuentro.
Igualmente, los condenados tienen prohibido el ingreso a cualquier tipo de evento deportivo organizado por la Asociación Paraguaya de Fútbol y/o la Confederación Sudamericana de Fútbol. Otras medidas que les fueron impuestas son: prohibición de cambiar de domicilio sin previa autorización del Juzgado; abstenerse del consumo de drogas y/o bebidas alcohólicas; y comparecer ante el Juzgado de manera trimestral. En caso de incumplimiento de una de estas reglas, se revocará la suspensión y el procedimiento seguirá su curso.
Los hechos por los que reciben el castigo de ley ocurrieron el 9 de noviembre de 2014, en las calles Perú casi Fernando de la Mora, cuando los identificados barrabravas de Olimpia arrojaron piedras contra un bus de transporte público, ocasionando daños materiales y poniendo en riesgo la integridad física de las personas que iban en el colectivo, inclusive dejando lesionada a una mujer.
Ministerio Publico