Indicó que, de acuerdo al artículo 189 Constitución Nacional, los expresidentes de la República elegidos democráticamente electos y que hayan culminado su mandato serán senadores vitalicios, lo cual, señala, no configura una prohibición ni privación para que los exejecutivos ocupen otros cargos, añadiendo que ese cargo es simbólico y meramente honorífico.
“Él (Duarte Frutos), como senador vitalicio, es un ciudadano cualquiera como nosotros, no forma parte de ninguno de los poderes del Estado porque no tiene voz ni voto, además de no poder integrar cuórum”, expuso Mendonca en conversación con La Unión R800 AM, agregando que tampoco es empleado público.