El abogado señaló que la defensa propia acaba cuando la persona que eventualmente actuó como agresor, huye. Ejemplificó con el caso de un ladrón que ingresó a un domicilio, pero salió huyendo y terminó abatido cuando trepaba la muralla intentando escapar: “Entonces el caso se resolvió con exceso de legítima defensa”, explicó.
Salaberry apuntó que, de acuerdo con el Código Penal, también puede existir cierta consideración “si por confusión, terror, o por cualquier otra circunstancia vos te excediste, cometiste delito pero te perdono”, explicó que existe la legítima defensa y el exceso de la legítima defensa, en esta última figura se estudia el perdón o no. Otra cuestión es “si ya se fue, le seguiste con el auto y le mataste. En este caso ya entra una reducción”, señaló.
“Cuando le matás para recuperar tu celular ya no medís las consecuencias; valor vida y valor celular no son compatibles. En cambio cuando el tipo te está encañonando y vos haces cualquier cosa para ahuyentarlo porque es valor vida contra valor vida. Eso es proporcionalidad”, sintetizó el letrado.