“Es una crítica que hace el Colegio en cuanto a la inamovilidad de los ministros de la Corte. Encontramos que las sentencias tienen 4 a 5 puntos que pueden criticarse fácilmente”, manifestó Manuel Riera en diálogo con Buenas Tardes La Unión.
Los fallos de la Sala Constitucional se dividieron en dos pero tuvieron el mismo resultado para cinco ministros de la Corte. En primer lugar, fue declarada la inamovilidad de Eugenio Jiménez Rolón, Alberto Martínez Simón y María Carolina Llanes. En segundo orden, la misma disposición se estableció a favor de Manuel Ramírez Candia y César Diesel.
Señaló que hubo un “interés directo” en el juzgamiento y sin el agravio exigido en la norma, concediendo las sentencias con celeridad privilegiada.
#Comunicado "Un enroque indebido y apresurado". A propósito de los fallos de la Sala Constitucional sobre la inamovilidad de los ministros de la Corte Suprema de Justicia pic.twitter.com/VK6N1XzkLl
— Colegio de Abogados del Paraguay (@CAP_py) November 16, 2021