“De 0,251 a 0,399 todavía es falta gravísima. Superado este límite, ya constituye delito y los antecedentes se remiten al Ministerio Público para su persecución penal para las consecuencias penales hasta la privación de libertad que tiene previsto el marco legal”, expuso Mauricio Bejarano, asesor jurídico de la Agencia Nacional de Tránsito, en diálogo con Enfoque 800 por La Unión.
Resaltó que a partir de ahora el Ministerio Público podrá tomar intervención en cada uno de los casos.
“Lo ideal es que la persona que consume alcohol, no conduzca. Se llena ese vacío legal que se tenía anteriormente”, destacó Bejarano.