En el debate público se juzga la supuesta responsabilidad de 11 acusados por el fallecimiento de 17 personas, ocurrido el 15 de junio de 2012, en Campos Morombí de Curuguaty, en el departamento de Canindeyú.
El Tribunal de Sentencia dispuso además que los días jueves 2 y viernes 3, las partes y varios testigos se constituyan a temprana hora a “Campos Morombi” a fin de realizar la reconstrucción de los hechos en el lugar donde ocurrió el suceso trágico. La defensa planteó un recurso de reposición.
Así también, el colegiado judicial denegó los recursos de reposición planteados sobre el pedido de traducción al idioma guaraní de todas las actas y de la expedición de las copias de las actas del juicio referente al audio y video. El máximo órgano juzgador dijo que no se violenta el artículo 17 de la Constitución Nacional que habla sobre los derechos procesales.
El Tribunal de Sentencia es presidido por el juez Ramón Trinidad Zelaya, e integrado por los magistrados Benito González y Samuel Silvero y como miembro suplente, la jueza Arminda Alfonzo.
En la ocasión, el debate oral siguió con el careo de los comisarios Miguel Anoni Paredes y Arnaldo Sanabria, requerido por una de las defensas. En el particular, no habría contradicción alguna en los testimonios de los testigos; no obstante, el colegiado judicial analizará la situación.
Posteriormente, se registró el careo solicitado por la Fiscalía sobre cuestiones puntuales entre Elvio Cousirat Giménez y Néstor Ortellado, ambos funcionarios en aquel entonces del Ministerio del Interior.
Cousirat Giménez dijo no haber escuchado los disparos desde la posición en que quedaron con Ortellado (2000 metros antes). Cousirat se ratificó en que no escuchó ningún disparo y que en ese ínterin recibió varias llamadas telefónicas; mientras que Ortellado, mencionó que al acercarse al lugar comenzó a escuchar algunos disparos.
En otro punto, Cousirat en el momento de declarar señaló, que nunca tuvo en su poder documentos referentes a “Marina Cué” o “Campos Morombi” y todo lo relacionado al conflicto. Sin embargo, Ortellado dijo que sí. En la fecha, Cousirat se ratificó en su expresión y Ortellado dijo que, aparentemente, le pareció tener cierta información sobre la existencia de documentos referente al inmueble. Sostuvo que nunca manejó documentos jurídicos y que solo sabía por comentarios.
Igualmente, Cousirat manifestó que días antes al procedimiento conversó telefónicamente con Rubén Villalba y Ortellado dijo hablar con Avelino Espínola. En la fecha se ratificó Cousirat y Ortellado dijo que pudo haber estado confundido, a raíz de que nunca él conversó directamente con los supuestos labriegos invasores, sino que el que lo hizo fue Cousirat.
Finalmente, Cousirat se ratificó que el 15 de junio, fecha del procedimiento, no contaban con personal que realice trabajos fotográficos o fílmicos; en tanto, Ortellado declaró que con su aparato celular había captado varias imágenes pero que le resultaron innecesarias debido a la falta de resolución y capacidad de la misma.
La representación fiscal peticionó al colegiado judicial analizar las declaraciones y una vez examinados, se remita el antecedente del testigo Néstor Ortellado a la Fiscalía para que se inicie una investigación por la presunta comisión de los hechos punibles de testimonio falso y frustración de la persecución penal.