El juez Gustavo Amarilla dictó, como medida cautelar, el arresto domiciliario para Manuel Ortíz que, presuntamente, manejando ebrio, cruzó un semáforo en rojo y ocasionó la muerte del chofer de la Línea 27, Aurelio Escobar.
Las razones por las que el juez tomó esa decisión fueron que los cargos por los que fue imputado el joven no están considerados como crímenes, sino delitos. “El homicidio culposo con una expectativa de hasta cinco años y el otro es la exposición al peligro en el tránsito terrestre por haber sido sorprendido con alcohol en la sangre”, explicó el magistrado.
Aclaró que la prisión domiciliaria es una medida alternativa a una institución penitenciaria mientras el ciudadano se encuentre litigando. Sin embargo, “esta no es la sanción final”, sostuvo, aclarando que sus padres pagaron embargaron su domicilio por un valor estimado en 300 millones de guaraníes para pagar una fianza que impida que vaya a la cárcel mientras dure el litigio.
Amarilla, manifestó que el Art. 25 del código procesal penal incluso manifiesta que el caso puede extinguirse por un arreglo que se dé en ambas partes. En este caso, entre la familia del fallecido Aurelio Escobar y Manuel Ortiz.