“El habeas corpus genérico no se aplica para suspender una extradición”, explican desde el Colegio de Abogados

El doctor Rubén Galeano, presidente del Colegio de Abogados del Paraguay (CAP), se refirió al caso de Jarvis Pavão, narcotraficante que debía ser extraditado mañana pero que “gracias” a la resolución de Crescencio Ocampos, juez de Santaní, Departamento de San Pedro, se suspendió su traslado al vecino país.

Señaló que, en este caso específico, los que podían otorgar el habeas corpus a Pavão son la Corte Suprema de Justicia o un juez penal de la Capital, ya que el narcotraficante se encuentra recluido en la Agrupación Especializada, ubicada en el barrio Tacumbú. Señaló que lo único que pudo haber pasado para que Ocampos se pronuncie sobre el tema es que se haya producido una serie de inhibiciones que finalmente fueron a recalar hasta su juzgado, ya que, inicialmente, el caso se halla fuera de su competencia.

“Es muy, muy llamativo”, sostuvo en contacto con La Unión R800 AM, añadiendo que la medida otorgada, habeas corpus genérico, tiene por objeto modificar, enmendar o corregir las condiciones de reclusión de esa persona que está purgando una pena o condena, no evitar una extradición, como se produjo en el caso del brasileño. “Desde ayer y hasta ahora estoy analizando en qué se basó y qué motivó a este magistrado a intervenir en un habeas corpus y a resolverlo como lo hizo”, afirmó. En ese orden, aseveró que el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia debe disponer una auditoría del expediente en cuestión de manera inmediata.

Galeano indicó que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) solicitará un informe al juez interviniente para que explique las condiciones en las que otorgó el habeas corpus genérico al brasileño. Así mismo, si es necesario, afirmó que el Ministerio Público también debe intervenir en el caso.

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