Las modificaciones en el reglamento interno fueron promovidas por los diputados colorados cartistas, llanistas, del Encuentro Nacional y del Frente Guasu, con el objetivo de abrir paso para la elección de una nueva mesa directiva, y así sacar al diputado colorado disidente Hugo Velázquez de la Presidencia de la Cámara Baja.
En lo concerniente al artículo 6 del reglamento, que antes establecía que cada periodo constitucional legislativo comprenda cinco periodos ordinarios de sesiones, dos periodos de sesiones preparatorias y las sesiones extraordinarias convocadas, los cambios indican que desde ahora se comprenderán cinco periodos de sesiones preparatorias, cinco periodos ordinarios de sesiones y las sesiones extraordinarias convocadas.
En lo referente al artículo 7, que señalaba que los periodos de sesiones preparatorias se llevarán a cabo cuando corresponda el acto de incorporación de los diputados nacionales, el día 30 de junio del año de las elecciones de los mismos, entre el 6 y el 20 de diciembre del año que corresponda, luego de transcurridos 2 años y 6 meses de la incorporación de los diputados nacionales. Este martes, se decidió que los periodos de sesiones preparatorias tendrán lugar entre el 1 y el 30 de junio de cada año (con lo determinado, se permite que se permite que en este mes sea modificada la mesa directiva).
Sobre el artículo 28, que establecía que el presidente y vicepresidentes duraran en sus funciones dos años y seis meses y podrán ser reelectos. La modificación de estos podría hacerse solo por el voto de dos tercios (53 diputados). Hoy se decidió que estos dos cargos solo durarán hasta el 30 de junio del año siguiente al de su elección, y podrán ser reelectos. Omite la cantidad de votos necesarios para sustituirlos, por ende, se asume que será solo por mayoría simple (41). Los cambios fueron impulsados por 44 diputados.
En cuanto a los secretarios parlamentarios, que se establecía en el artículo 32, estos durarán en sus funciones igual tiempo que el presidente y vicepresidentes, que será de un año con posibilidad de reelección, y no dos años y medio como estipulaba el artículo 28.
En referencia al artículo 177, que hablaba de que los miembros de las comisiones permanentes durarán en sus funciones el mismo periodo que se otorga a la mesa directiva y podrán ser removidos por mayoría de dos tercios, desde ahora, el cambio indica que los miembros de las comisiones permanentes durarán todo el periodo anual para el cual han sido designados, y podrán ser reelectos. También se necesitarán solo mayoría simple para cambiarlos.
En todas las votaciones hechas detalladas anteriormente, la diferencia de votos fue en todo momento de 44 contra 34. De esta forma, se realizó un cambio a la medida de la cantidad de diputados que responden al oficialismo para destituir a Hugo Velázquez y a los vicepresidentes.