El reajuste es del 7,7 % del salario que queda establecido en 1.964.507 guaraníes y el jornal mínimo en 75.558 guaraníes para el sector privado.
Con la promulgación Ley Nº 5764/2016 que modifica Política Salarial, es decir “Que modifica el Artículo 255 y deroga el Artículo 256 de la Ley Nº 213/1993, Código del Trabajo”, conforme consta en el informe proporcionado por el Banco Central del Paraguay sobre la variación del Índice del Precio al Consumidor (IPC), por lo que corresponde disponer el reajuste de acuerdo con la recomendación del Consejo Nacional de Salarios Mínimos”, detalló Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República.