En el contexto de la estrategia “Centros Laborales Saludables”, impulsada por la Dirección General de Promoción de la Salud y la Dirección de Salud y Seguridad Ocupacional del Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social, se presenta a las comunidades laborales del Paraguay la campaña “Mamá trabaja segura y saludable”, conmemorando el Día de las Madres, deseando que ese día sea en realidad para celebrar la salud de las madres trabajadoras paraguayas.
Los Ministerios de Salud y del Trabajo instan a todas las empresas a dar cumplimiento a la Ley 3.803: “Que otorga licencia a trabajadoras para someterse a: exámenes de papanicolaou y mamografía”.
Art. 1°: Toda trabajadora, dependiente o no, del sector público y privado goza de licencia remunerada de un día laborable en cada año, para someterse a exámenes de Papanicolaou y Mamografía.
La Resolución N°: 1173/12: Art. 2: “Establecer que podrán realizarse el Papanicolaou y Mamografía conjuntamente con los exámenes médicos adicionales y periódicos, en función a la organización del trabajo, excepto para casos de urgencia debidamente comprobados. Para gozar del beneficio de la licencia las trabajadoras deberán justificar la ausencia en un plazo de cuarenta y ocho horas mediante el documento expedido por el centro de salud, sanatorio, hospital o centro médico sanitario, donde conste que los estudios fueron realizados”.
El Reglamento General Técnico de Seguridad, Higiene y Medicina en el Trabajo en la Sección IV: De los Exámenes Médicos Obligatorios de Admisión y Periódicos establece:
Art. 263°: El examen médico periódico de doce (12) en doce (12) meses, al máximo comprenderá:
- Examen clínico.
- Radiografía del tórax.
- Hemograma completo
- Examen de rutina, orina
- Electroencefalograma
- Test Sicológico
- Examen ginecológico PAP