El abogado mencionó que las municipalidades no tienen la atribución de llamar a licitación e instalar los elementos tecnológicos para la entrada en vigencia de las “fotomultas”. “La ley de tránsito claramente dice que es la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial la que tiene que licitar este tipo de apoyo técnico y que son la Patrulla Caminera y la Policía Municipal las que van a implementar y utilizar”, expuso Casañas Levi en conversación con Nuestra Mañana por La Unión.
Subrayó que la ley de tránsito es nacional y está por encima de cualquier decisión que tome alguna municipalidad.
Así mismo, Casañas Levi expuso que, por la manera en que se está planteando el proyecto, requeriría de la modificación de la ley de tránsito. “La normativa señala expresamente que, al utilizarse esos mecanismos para aplicar una infracción a una persona, se tiene que labrar un acta, la cual debe ser labrada por un agente de tránsito. Incluso dice ‘si es posible, con los testigos del lugar’. Vale decir, las ‘fotomultas’ no pueden funcionar con una foto que llegue a la casa del infractor y que este pague, porque además el infractor tiene derecho a defenderse”, señaló.
Además, el abogado expuso que la infracción de la ley de tránsito es individual, por lo que “debe identificarse al infractor”. “El dueño del vehículo no es solidariamente responsable por la infracción”, dijo.
Casañas Levi aseveró que el proyecto de implementación de las “fotomultas” tiene aún muchas lagunas en la idea de su planteamiento.
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Aclaró que no está en desacuerdo con la aplicación de las “fotomultas”, sino que “hay cosas que no se están considerando”.
La Municipalidad de Asunción planea implementar las “fotomultas” próximamente, a través de un servicio tercerizado.