“El 15 de abril fue promulgada esta ley de gastos pero no puede tener efecto retroactivo, sino a futuro”, subrayó Valdez en conversación con La Unión, indicando que las personas que los familiares de los pacientes que fallecieron o se recuperaron antes de la promulgación de la normativa para cobertura de gastos en hospitales públicos, sanatorios privados, Instituto de Previsión Social (IPS) y el Hospital de Clínicas no pueden basarse en la vigencia de ley de cobertura total, por lo que deberían analizar otras vías, como la presentación de un reclamo ante el ministerio de Salud o el Gobierno.
En otro orden, detalló que, de los 67 amparos judiciales presentados contra la cartera sanitaria, 30 ya fueron definidos, cuyos pacientes ya fueron internados en sanatorios privados. Para los restantes, dijo que se está buscando camas.