La cartera sanitaria mediante el decreto 4705/2021 y la Resolución S.G. 10/2021, resolvió que los balnearios ubicados en la Capital y los departamentos de Central, Caaguazú e Itapúa, no sé encuentran habilitados por la situación epidemiológica de dichas regiones.
El ministro de Salud, Julio Mazzoleni, aprobó esta semana la resolución de pasos y requisitos para autorizar el funcionamiento de piscinas de acceso al público, balnearios y playas en todo el país, en el marco de la pandemia.
Para acceder al permiso, el responsable deberá presentar ante el municipio documentos tales como solicitud escrita y firmada por el propietario o responsable, habilitación o autorización del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), entre otros.
La cartera sanitaria estima que durante los meses de enero y de febrero se dará un incremento considerable de casos de COVID-19 en el país como consecuencia del relajamiento ciudadano por las fiestas de fin de año y el verano.
Con información de ip.gov.py.