Marinoni explicó que al Ministerio Público le había sido otorgado un plazo extraordinario de 30 días por la Cámara de Apelaciones para presentar acusaciones en contra de su cliente. Sin embargo, nunca entregó evidencia alguna.
En ese orden, citó el artículo 133 del Código Procesal Penal, el cual afirma que al haber transcurrido este plazo y, de no presentarse una solicitud por parte del Ministerio Público, un juez deberá declarar a la acción penal como extinguida.
“Precluye la etapa que es la presentación de los elementos pero no se presentaron las evidencias”, comentó en contacto con La Unión, asegurando que esto constituye un nuevo elemento para solicitar nuevamente la revocatoria de la prisión preventiva dictada contra Cucho.
Sobre el punto, el conductor aseveró que el error de la fiscal Ledesma consistió en no haber presentado acusación contra su cliente y contra otras 30 personas implicadas en la causa sin pruebas pertinentes.