La fiscal del caso, Mercedes Vera, admitió que no se pudo probar que hubo coito, pero que sí se constató que hubo daño psicológico, ya que la nena fue indagada en Cámara Gessell.
Además, indicó que los magistrados alegaron que el hombre estuvo recluido durante el proceso y que no tenía antecedentes.
“La decisión va a ser apelada, hoy vamos a presentar tras esta decisión del Tribunal de Sentencia”, expuso la agente en contacto con La Unión, subrayando que ella había pedido 6 años de prisión para el sujeto.
El Tribunal de Sentencia de Paraguarí, formado por los jueces Hugo Ríos, Gerardo Ruiz Díaz y Jorge Giménez Samaniego, condenó a Venancio Gómez Barrios por abusar sexualmente de su hijastra por lo menos durante dos años, cuando la niña tenía entre 7 y 9 años de edad. La sentencia fue de dos años, por lo cual es excarcelable.
Con relación la baja condena, el Tribunal alegó que la Fiscalía no presentó pruebas contundentes para lograr una sentencia más elevada.